Dedicación
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Los cargos de acecho van desde un delito menor grave hasta un delito grave, y la diferencia suele depender de unos pocos hechos específicos. Defendemos cargos de acecho en todo el condado de Clark.
Revisado legalmente por Roger Priest
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Casi 30 años de experiencia combinada en defensa penal
Un exfiscal de Oregón ahora defiende sus intereses
Miles de asuntos penales y decenas de juicios con jurado
| Nivel | Clasificación | Detalle |
|---|---|---|
| Misdemeanor Stalking (acecho como delito menor) | Delito menor grave | Hasta 364 días de cárcel y una multa de $5,000. |
| Felony Stalking (acecho como delito grave) | Delito grave de clase B | Hasta 10 años de prisión y una multa de $20,000. Se aplica cuando existen factores agravantes específicos. |
El acecho exige más que un solo incidente. Significa acosar o seguir intencional y reiteradamente a alguien de una manera que le cause un temor razonable de sufrir lesiones, de que se dañe su propiedad o de que se lesione a una persona cercana, y ese temor debe ser uno que sentiría una persona razonable en las mismas circunstancias.
No basta con que alguien se haya sentido incómodo. El Estado debe demostrar un patrón reiterado, un temor genuino y razonable y que la persona acusada actuó sin autoridad legal.
La mayoría de los cargos de acecho comienzan como delitos menores graves. El Estado debe demostrar un patrón de conducta consciente e intencional que alarmó o angustió seriamente a la presunta víctima y no tuvo ningún propósito legítimo. Un solo mensaje perturbador o un encuentro incómodo generalmente no bastan.
El cargo depende del patrón a lo largo del tiempo, y ese patrón suele ser la parte más débil del caso del Estado.
El acecho se convierte en delito grave cuando existen factores agravantes específicos, entre ellos una condena anterior por acoso que involucre a la misma víctima, el incumplimiento de una orden de protección vigente, una condena anterior por acecho, el uso de un arma mortal o una víctima que sea agente del orden público, juez, abogado o testigo y haya sido seleccionada por su función oficial.
Sin uno de estos factores específicos, el cargo no debería presentarse como delito grave, por lo que esta es una de las primeras cuestiones que conviene impugnar en cualquier caso de acecho.
El acecho puede imputarse como delito de violencia doméstica o como cargo independiente, y esa distinción importa. Para que un cargo de acecho lleve una designación de violencia doméstica, la conducta debe ocurrir entre familiares, parejas íntimas actuales o anteriores, o compañeros de vivienda. No es raro que surjan alegaciones de acecho o violencia doméstica durante una ruptura, precisamente el tipo de contexto en el que los motivos y la credibilidad se vuelven fundamentales para la defensa.
A menudo es más fácil alegar acecho que demostrarlo. Analizamos detenidamente si la conducta realmente cumple la definición legal de un patrón de conducta, si el temor alegado fue objetivamente razonable y si el cargo se presentó correctamente como delito menor o se elevó indebidamente a delito grave.
Cada caso comienza con una consulta gratuita, y ofrecemos planes de pago en la mayoría de los casos.
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Casos que atendemos
Los cargos van desde un simple empujón hasta una agresión grave con un arma; cada grado requiere su propia defensa.
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Los cargos que involucran a una pareja, un familiar o un miembro del hogar tienen consecuencias que van más allá del caso.
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Responder a una acusación de incumplimiento o solicitar que una orden se modifique o se levante exige actuar con cuidado y rapidez.
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Defensa desde la primera acusación frente a cargos por amenazas, contacto reiterado no deseado o intimidación.
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Los cargos graves requieren una defensa seria. Atendemos casos de delitos graves en todo el condado de Clark.
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Los cargos de menor nivel también tienen consecuencias reales. Luchamos para evitar que queden en sus antecedentes.
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Preguntas frecuentes
El acecho implica acosar o seguir intencional y reiteradamente a alguien de una forma que le cause un temor razonable por su seguridad, su propiedad o una persona cercana. Un solo incidente generalmente no basta: el Estado debe demostrar un patrón reiterado de conducta y un temor que compartiría una persona razonable.
El acecho puede elevarse a delito grave cuando existen factores agravantes específicos, como una condena anterior por acoso o acecho, el incumplimiento de una orden de protección, el uso de un arma mortal o la selección de ciertas víctimas protegidas. Sin uno de esos factores, por lo general el cargo debería presentarse como delito menor grave.
Puede serlo. Un cargo de acecho lleva una designación de violencia doméstica únicamente cuando la conducta ocurre entre familiares, parejas íntimas actuales o anteriores, o compañeros de vivienda. De lo contrario, se imputa como delito independiente sin las consecuencias adicionales de la violencia doméstica.
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