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Perder su licencia suele ser la consecuencia más rápida de un arresto por DUI, y el plazo para solicitar una audiencia puede ser de apenas siete días después del aviso. Manejamos estas audiencias junto con su caso penal.
Revisado legalmente por Roger Priest
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| Paso | Detalle |
|---|---|
| Prueba de aliento o rechazo | Solicite dentro de 7 días después de que el agente le entregue el aviso del DOL |
| Análisis de sangre | Solicite dentro de 7 días después de recibir el aviso posterior que el DOL envía por correo |
| Tarifa de audiencia | $375; existe una exención por indigencia |
| Programación de la audiencia | Dentro de 30 días, sin contar fines de semana ni días feriados legales, después de que el DOL reciba la solicitud |
| Duración de la suspensión si pierde o no solicita una audiencia | 90 días o 1 año, según las circunstancias |
La acción del Departamento de Licencias de Washington (DOL) es independiente de su caso penal de DUI. En un caso de prueba de aliento o rechazo, el período de siete días para solicitar una audiencia comienza cuando el agente le entrega el aviso del DOL. En un caso de análisis de sangre, el DOL generalmente envía un aviso por correo después de que se completa el análisis y el departamento recibe los resultados, lo que puede tardar más de un año debido a las demoras del laboratorio criminalístico.
El período de siete días comienza cuando se recibe ese aviso posterior por correo. Si un agente entrega un aviso al conductor en el hospital en un caso de análisis de sangre, eso no inicia el período de siete días. Solicitar una audiencia cuesta $375, y existe una exención por indigencia.
Si no solicita una audiencia o la pierde, su licencia puede quedar suspendida durante 90 días o 1 año, según las circunstancias de su caso de DUI. En un caso de prueba de aliento o rechazo, use el aviso entregado por el agente para solicitar la audiencia dentro de siete días. En un caso de análisis de sangre, use el aviso posterior que el DOL envía por correo después de recibir los resultados completos y solicite la audiencia dentro de siete días después de recibirlo.
Como el período aplicable de siete días es breve, actúe de inmediato cuando le entreguen o reciba el aviso que inicia el plazo.
Una vez que solicite la audiencia, el Departamento de Licencias se comunicará con usted o con su abogado penalista, si contrató uno. Recibirá copias de los informes policiales que se proponen como pruebas en la audiencia administrativa posterior. Después podrá preparar sus propias pruebas, citar testigos y preparar escritos para la audiencia.
La audiencia debe programarse dentro de 30 días, sin contar fines de semana ni días feriados legales, después de que el DOL reciba la solicitud. En la fecha de la audiencia, un juez de derecho administrativo lo llamará a usted o a su abogado. El Departamento de Licencias tiene la carga de demostrar que usted condujo un vehículo motorizado, que el agente de policía tenía un fundamento razonable para detenerlo y arrestarlo por DUI, y que su BAC superaba 0.08% o que rechazó la prueba.
Aunque esto parezca sencillo, existen distintas maneras de ganar estas audiencias cuando se cometieron errores simples. Un abogado de DUI puede ayudarle a decidir si tiene buenas posibilidades de ganar su audiencia.
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Preguntas frecuentes
En un caso de prueba de aliento o rechazo, tiene siete días después de que el agente le entregue el aviso del DOL. En un caso de análisis de sangre, tiene siete días después de recibir el aviso posterior que el DOL envía por correo una vez que recibe los resultados completos del análisis.
No. En un caso de análisis de sangre, el aviso que un agente le entrega en el hospital no inicia el período de siete días. El plazo comienza con el aviso posterior que el DOL envía por correo después de recibir los resultados completos del análisis de sangre.
No. La suspensión del Departamento de Licencias es una acción administrativa separada que avanza según su propio calendario, independientemente del cargo penal. Puede ganar una y perder la otra, por lo que ambas deben manejarse desde el principio.
En muchos casos puede solicitar una licencia de conducir con dispositivo de bloqueo de encendido, que le permite seguir conduciendo con un dispositivo aprobado instalado y el seguro correspondiente. La elegibilidad y los requisitos dependen de sus circunstancias, por lo que conviene preguntar de inmediato a un abogado sobre sus opciones.
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